Obligatorio por ley· RD 901/2020 · empresas +50 empleados

Plan de Igualdad con IA
sin pagar 8.000 € a una consultora

Sube los datos de tu plantilla, convenio colectivo y políticas internas. Nomos genera el Plan de Igualdad completo — diagnóstico, medidas, calendario, protocolo de acoso y registro REGCON — adaptado al RD 901/2020.

Plan completo · diagnóstico cuantitativo · protocolo de acoso · listo para registrar en REGCON

¿Está mi empresa obligada a tener Plan de Igualdad?

Responde en 20 segundos con las reglas del RD 901/2020. No guardamos nada.

Cómputo de plantilla (art. 3 RD 901/2020): se hace el último día de junio y de diciembre; cuentan todas las personas de todos los centros, incluidas las de contrato temporal, fijo discontinuo y ETT; y los contratos temporales extinguidos en los seis meses anteriores suman una persona por cada 100 días trabajados o fracción.

Consultora externa vs Nomos: la diferencia es brutal

ConsultoraNomos
Coste medio4.000 - 12.000 €Desde 30 €
Tiempo de entrega2 - 6 mesesMismo día
Diagnóstico cuantitativoManual, semanasAutomático desde tus datos
Protocolo de acosoSíIncluido y adaptado
Actualizable cada añoNuevo contratoRegenerable
Confidencialidad de datosComparte con tercerosTus datos no entrenan modelos

Cómo funciona en 3 pasos

01

Sube tus datos de plantilla

Exporta los datos de RRHH (sexo, antigüedad, salario, categoría, contratos). Sube también convenio colectivo y políticas internas. Nomos extrae la información necesaria para el diagnóstico.

02

Diagnóstico y medidas automáticas

Nomos analiza brechas salariales, segregación horizontal y vertical, conciliación y representación. Propone medidas concretas con indicadores y calendario de implantación.

03

Plan completo listo para registrar

Descarga el Plan de Igualdad en Word con todas las secciones del RD 901/2020 — diagnóstico, medidas, calendario, seguimiento y protocolo de acoso. Listo para negociar con la representación y registrar en REGCON.

Todas las secciones que exige el RD 901/2020

Nomos genera cada apartado obligatorio adaptado a tu empresa y sector

Diagnóstico de situación

Análisis cuantitativo y cualitativo de la plantilla por sexo: distribución, retribución, promoción y formación

Auditoría retributiva

Análisis de brecha salarial, valoración de puestos y registro retributivo conforme al RD 902/2020

Medidas e indicadores

Acciones concretas en selección, promoción, formación, conciliación, retribución y prevención del acoso

Protocolo de acoso sexual

Procedimiento confidencial de denuncia, investigación y resolución conforme a la LO 3/2007 y Ley 10/2022

Calendario y seguimiento

Plan temporal de implantación con indicadores cuantitativos y comisión de seguimiento mixta

Registro REGCON

Documento final con todas las firmas necesarias para inscripción en el Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos

Cuánto cuesta un Plan de Igualdad

Una consultora especializada cobra entre 2.000 y 12.000 € según plantilla y centros, en 2 a 6 meses. Hacerlo internamente cuesta las horas de RR. HH. y el riesgo de dejar fuera alguna de las nueve materias del diagnóstico. Con Nomos, subes los datos de plantilla y el convenio y el documento completo cuesta desde 30 € en créditos; la negociación con la representación y el registro en REGCON siguen siendo tuyos, porque la ley los exige.

Modelo de Plan de Igualdad en Word, gratis

El índice completo con el contenido mínimo del artículo 8 del RD 901/2020: partes, ámbito, las nueve materias del diagnóstico, auditoría retributiva, objetivos, medidas con plazo e indicadores, calendario, seguimiento, comisión, procedimiento de modificación, protocolo de acoso y checklist de REGCON. Con notas de guía en cada apartado.

Descargar el modelo (.docx)

Sin registro. Es un esqueleto: el contenido de cada apartado sale de tus datos.

Preguntas frecuentes sobre el Plan de Igualdad

¿Qué empresas están obligadas a tener Plan de Igualdad?

Desde marzo de 2022, todas las empresas con 50 o más personas trabajadoras están obligadas a elaborar, negociar y registrar un Plan de Igualdad (Real Decreto-ley 6/2019 y RD 901/2020). También algunas con menos plantilla si su convenio colectivo lo exige o por inspección de trabajo.

¿Cuál es la sanción por no tener Plan de Igualdad?

Las sanciones van de 751 € (infracción grave leve) hasta 225.018 € (infracción muy grave reiterada), según la LISOS. Además, la empresa queda excluida de contratos públicos y subvenciones, y puede ser obligada por inspección a elaborarlo en un plazo determinado.

¿El Plan generado por Nomos cumple el RD 901/2020?

Sí. Nomos genera todas las secciones obligatorias del RD 901/2020 — diagnóstico cuantitativo, auditoría retributiva, medidas con indicadores, calendario, seguimiento, protocolo de acoso y procedimiento de modificación. El documento final está listo para negociar con la representación legal y registrar en REGCON.

¿Necesito una consultora externa además de Nomos?

No es obligatorio. El RD 901/2020 no exige consultora externa. Lo que exige es: negociación con la representación legal de las personas trabajadoras (o comisión negociadora), firma y registro en REGCON. Nomos te da el documento; la negociación con la representación es interna.

¿Puedo actualizar el Plan cada año sin volver a pagar?

Sí. El Plan de Igualdad debe revisarse al menos cada 4 años, pero muchas empresas lo actualizan anualmente para incluir datos del último ejercicio. Con Nomos regeneras el documento subiendo los nuevos datos — sin volver a pagar una auditoría externa completa.

¿Cómo se computa la plantilla para saber si llego a 50?

Se cuenta la plantilla total de la empresa, sumando todos los centros de trabajo y todos los contratos: indefinidos, temporales, fijos discontinuos y personas cedidas por ETT. Además, los contratos temporales que se extinguieron en los seis meses anteriores se suman a razón de una persona por cada 100 días trabajados o fracción. El cómputo se hace el último día de junio y de diciembre de cada año (art. 3 RD 901/2020).

¿Qué plazos tengo desde que estoy obligado?

Tres meses para constituir la comisión negociadora desde que se alcanza la plantilla (art. 4 RD 901/2020) y, a partir del fin de ese plazo, un año como máximo para tener el plan negociado, aprobado y con la solicitud de inscripción presentada en REGCON. El plan tiene una vigencia máxima de cuatro años.

¿Quién negocia y quién aprueba el Plan de Igualdad?

Una comisión negociadora paritaria: la empresa por un lado y la representación legal de las personas trabajadoras por otro (comité de empresa o delegados de personal). Si la empresa no tiene representación, la comisión se forma con los sindicatos más representativos del sector, que tienen diez días para responder a la invitación. El plan se firma por ambas partes y se registra en REGCON; no lo aprueba ninguna administración.

Mi empresa tiene menos de 50 trabajadores. ¿Tengo que hacer algo?

Sí: el protocolo frente al acoso sexual y por razón de sexo es obligatorio para todas las empresas, y el registro retributivo también. El Plan de Igualdad completo solo es obligatorio por debajo de 50 si lo exige tu convenio o lo acuerda la autoridad laboral. Aun así, muchas pymes lo negocian y registran de forma voluntaria porque puntúa como criterio de adjudicación en licitaciones y en subvenciones.

¿Existe un modelo o plantilla oficial de Plan de Igualdad en Word?

El Ministerio de Igualdad publica guías y herramientas de diagnóstico en igualdadenlaempresa.es, pero no hay una plantilla oficial única: el contenido mínimo lo fija el artículo 8 del RD 901/2020. En esta página puedes descargar un modelo en Word con ese índice completo y notas de guía en cada apartado; Nomos genera el contenido de cada uno a partir de tus datos.

¿Quieres saber más sobre el Plan de Igualdad antes de generarlo? Lee la guía completa

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